RENUNCIA o SEGUIR ROBANDO CON CINISMO CALDERONISTA?


Los delitos y la confesión

Juan Camilo Mouriño Terrazo, al reconocer públicamente la veracidad de los contratos que su empresa familiar Ivancar estableció con Pemex-Refinación, aportó indicios suficientes para que sea juzgado por la violación de diversos delitos, entre ellos el “uso indebido de atribuciones y facultades”, pues contrató servicios al gobierno mientras se desempeñaba como funcionario de la Secretaría de Energía (Sener), publica Proceso en su edición 1636.

Pablo Casas Lías, abogado especialista en derecho penal y administrativo, llegó a esas conclusiones tras analizar los contratos entre Pemex-Refinación y Transportes Especializados Ivancar S.A. de C.V, que el actual secretario de Gobernación firmó como apoderado legal de la empresa de su familia.

Lo importante, aclara, no es determinar si su conducta en los contratos fue “legal y ética”, como aseguró Juan Camilo Mouriño al acudir al noticiero de Joaquín López Dóriga en Televisa la noche del jueves 6, sino que “aceptó la veracidad de los documentos y, además, que quien firmó los contratos como responsable de la empresa es a la vez un servidor público y como tal está impedido. Al hacerlo violó disposiciones administrativas y penales por las cuales debe ser juzgado”.

Consultado aparte, Gabriel Reyes Orona, exprocurador fiscal de la Federación, explica que “el reconocimiento de la existencia de los contratos es un indicio o supuesto tal que hace susceptible de análisis político a las cámaras (de Diputados y Senadores) para ver si van a sujetar al funcionario a la justicia federal, es decir, para que un juez determine si hay delito. Pero antes tiene que darse un desafuero”.

Pulcro en su declaración, Reyes Orona precisa: “La responsabilidad de las cámaras es tramitar y desahogar el proceso previsto en el artículo 110 de la Constitución (juicio político), a efecto de verificar si el funcionario contratante involucrado ha incurrido o no en responsabilidad penal o administrativa. El punto es que el requisito previo es quitarle la protección constitucional al funcionario involucrado (Juan Camilo Mouriño). La autoridad judicial es la que tiene que decir si fue indebido o no, y para eso se le debe quitar la protección constitucional”.

En una analogía, ejemplifica, se trataría de un caso similar al de Andrés Manuel López Obrador, cuando se le desaforó por el caso de El Encino.

El fundador de Casa Lías Abogados, fue asesor de la segunda comisión investigadora que se formó en la Cámara de Diputados para investigar el presunto tráfico de influencias de los Bribiesca Sahagún.

En el caso de Mouriño, coincide en que hay indicios suficientes para que las cámaras lo sometan a juicio político, destaca el reportaje que aparece en la edición 1636 de Proceso.

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